Elena Ocejo Álvarez tiene dos décadas de experiencia como abogada especializada en violencia de género, dirige el Centro de la Mujer de Langreo (Asturias) y es presidenta de la Asociación de Abogadas por la Igualdad. En 2017, junto a Women’s Link Worldwide, presentó la primera querella por delito de odio hacia las mujeres contra el decano del Colegio de Psicólogos de Asturias. 

 

La Asociación de Abogadas por la Igualdad imparte cursos en el Colegio de la Abogacía de Oviedo para el turno de oficio de Violencia de Género desde 2010. ¿Por qué siguen siendo necesarios cuando la ley contra la misma ha cumplido ya 15 años?

Hay que tener en cuenta que en este turno de oficio, al contrario que en otro tipo de delitos, a quienes se asiste no es al que comete el delito, sino a sus víctimas, a las mujeres. Por tanto, sus letrados y letradas tienen que entender por qué a menudo no quieren denunciar, por qué vuelven con sus maltratadores con los que, en muchos casos, mantienen un vínculo afectivo importante… Tienen que estar al corriente de las novedades en la jurisprudencia, así como en el aspecto penal y psicológico. 

Cuando se dan agresiones de gravedad e interviene la Policía, es necesario que desde un primer momento cuenten con un acompañamiento y una asistencia jurídica especializados para que sea capaz de explicar todos los episodios. Porque las estadísticas nos dicen que cuando una mujer interpone una denuncia es después de muchas agresiones, que empiezan por los insultos, menosprecios, vejaciones, tirones de pelo, pellizcos, empotramientos contra la pared. Después llega el golpe, la agresión más fuerte. 

Así que en el momento de prestar declaración, la mujer está en shock y hay que ayudarle a recordar porque en ese momento está aturdida. En lugar de fechas concretas, es más útil preguntarle por referencias temporales amplias, como las Navidades, la época en la que nació su hijo…

Se les exige un discurso muy coherente cuando interponen la denuncia, cuando lo que requerirían es una atención psicológica y dejar pasar unos días para que puedan contar lo ocurrido en mejores condiciones. Sabemos que es importante el derecho penal, que la presunción de inocencia es absolutamente básica, pero también que tenemos que proteger a la víctima.

Pero hay numerosos estudios científicos que evidencian que durante los ataques violentos es habitual que haya episodios de disociación, que en los días inmediatamente posteriores es común sufrir amnesia –no solo se borran parte de los recuerdos, sino que suelen desordenarse durante un tiempo–…

Efectivamente, y aun así gran parte del juicio posterior se basa en ese primer testimonio de la víctima, que además en muchas ocasiones es la única prueba de cargo que tenemos. Y se valora teniendo en cuenta primero que haya ausencia de incredibilidad subjetiva –que no exista animadversión o interés de venganza contra el acusado–, lo que no se puede confundir con que la víctima se solidarice con él. También se toma en consideración la persistencia en la incriminación, que significa que no haya ambigüedades desde la primera declaración hasta la última, que los detalles sean siempre los mismos. Y por último, la verosimilitud: que haya algún tipo de indicios periféricos que le otorguen credibilidad al relato. Todos estos aspectos han sido un avance importante porque antes, solo con un testimonio de la víctima, era imposible darle credibilidad. Y estamos viendo que los criterios del Tribunal Supremo van en este sentido.

Que se tengan en cuenta todos estos aspectos ha sido un avance importante porque antes solo se valoraba el testimonio de la víctima y era muy difícil darle credibilidad. Los dictados del Tribunal Supremo van en este sentido. 

 

“A las víctimas de violencia de género se les exige un discurso muy coherente cuando interponen la denuncia, cuando lo que requerirían es una atención psicológica y dejar pasar unos días para que puedan contar lo ocurrido en mejores condiciones”

 

Y, a pesar de todo, demostrar la violencia sexual dentro del marco de las relaciones de pareja sigue siendo complicado. ¿Por qué?

Resulta prácticamente imposible acreditar las agresiones sexuales. Cuando las víctimas de violencia de género denuncian lo vivido no suelen incluir las violaciones porque las tienen naturalizadas. Se centran en conseguir la orden de alejamiento y, si acaso, la condena.

Ni siquiera estamos pidiendo daños morales. Tendremos que avanzar en este sentido en el Estatuto de la víctima, que lo tenemos muy olvidado. Este reconoce que las mujeres víctimas pueden acudir al juzgado y declarar en compañía de una persona de confianza, alguien que les dé aliento. Imagínate lo que habría supuesto en el caso de la víctima de La Manada. 

Tenemos leyes muy protectoras y muchas veces por desconocimiento se quedan en la recámara. Igual que la orden de que haya biombos en los juzgados de pequeñas poblaciones, donde tenemos que meter a la víctima en un cuartito mientras sale el agresor de declarar. Y cuando pides la mampara, hay veces que te miran mal. 

Ha sido muy crítica con lo que se ha tardado en formar a la judicatura en la violencia de género. 

Es que la Ley integral contra la Violencia de Género es de 2004 y hasta hace poco el Consejo General del Poder Judicial no ha ofrecido formaciones presenciales, por ejemplo. Antes eran solo online. Cuando la judicatura reprocha que se estén haciendo juicios paralelos en la calle, como en el caso de la violación múltiple de los Sanfermines, se equivoca. Lo que estamos reclamando como juristas en las calles es que se cumpla la Ley de igualdad de 2007, que introdujo la obligación de la aplicación de la norma, su ejecución e interpretación siempre desde el principio de la igualdad y aplicando la perspectiva de género en el ordenamiento jurídico. Entonces, ¿cómo es posible que tengamos sentencias llenas de prejuicios de género, que la ONU nos está advirtiendo además que son muy dañinos?

¿Cómo se diferencia la violencia de género de otras formas de violencia?

Lo que se tiene en cuenta es el ejercicio de superioridad del hombre sobre la mujer: “yo soy el que decide”, “aquí mando yo”, “no te voy a dejar divorciarte”… También es violencia de género lo que han llamado asesinatos por piedad: cuando un hombre al que le ha tocado cuidar de su mujer, al contrario de lo que es habitual, termina decidiendo por ella y matándola. Eso es un acto de superioridad, que es como define a esta violencia la ley de 2004. Incluso cuando ellos se suicidan, que es un porcentaje muy alto, porque son ellos los que deciden que eso ya no es vida, y se las llevan a ellas por delante. No hay mujeres que asesinen a sus maridos para no seguir cuidándoles. 

¿Cómo está siendo la experiencia de dirigir el Centro de la Mujer de Langreo, epicentro junto a Mieres de las Cuencas Mineras asturianas?

Me permite estar en un contacto mucho más estrecho con las mujeres y ver la problemática de manera mucho más integral. Me paso todo el tiempo asesorándolas, no solo en cuestiones de violencia de género, y veo cómo sufren en los procedimientos de divorcio y con la dependencia económica. 

Con la crisis, las mujeres se han llevado la peor parte. Muchas de las que acuden al centro llevan 15 años o más de matrimonio, con empleos –en los casos en los que los tienen– muy precarios, intermitentes, como segundos salarios para ayudar a la familia. Tienen muchas dificultades para integrarse en el mercado laboral, las pensiones a las que tienen derecho son muy precarias…

Mujeres que denuncian y dan marcha atrás porque no quieren hacer daño a sus maltratadores; te suelen decir que no quieren que les pase nada, ni que vayan a la cárcel, solo que cambien o que las dejen tranquilas. No he conocido a ninguna mujer que me haya dicho que quiere que su maltratador vaya a la cárcel.

 

QUERELLA POR DELITO DE ODIO CONTRA LAS MUJERES

En 2017, la Asociación de Abogadas por la Igualdad, con Elena Ocejo como presidenta, y Women’s Link Worldwide, presentaron la primera querella por delito de odio hacia las mujeres contra el psicólogo forense Ramón Vilalta, el decano del Colegio de Psicólogos de Asturias y aún hoy miembro de la Junta de Gobierno del Consejo General de la Psicología de España

La querella acusa a uno de los responsables de peritar los casos de las víctimas de violencia de género de maltratarlas verbalmente cuando describían sus presuntos casos de malos tratos o o cuando denunciaban abusos sexuales contra sus hijos.

Tras dos años recibiendo quejas y casos de mujeres que acudían al Colegio de Psicólogos de Asturias sin obtener respuesta, la Asociación de Abogadas por la Igualdad y Women’s Link interpusieron una querella en representación de cinco mujeres demandantes, y apoyadas en decenas de testimonios más, contra el psicólogo forense cuyos informes solían acabar con un “no eran creíbles”. A las mujeres solía interpelarlas con inquina, según las denunciantes, con expresiones como “¿Tú estás segura de lo que me estás diciendo?”, “No será para tanto” o “No me lo puedo creer”. Dos de las mujeres que le han llevado a los tribunales fueron enviadas a su consulta por ser denunciantes de violencia de género y las otras tres, por presuntos abusos sexuales contra sus hijos e hijas por parte de sus padres o abuelos. Un informe de 2017 de Save the children alertaba de que el 85% de las denuncias por abusos sexuales a menores quedaba impune en Asturias.